
La sentencia, fechada el pasado 16 de julio, avala la convocatoria de huelga porque, cuando tuvo lugar, "el proceso negociador estaba abierto" y "no se hizo frente a un convenio vigente", lo que habría vulnerado lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
En este sentido, la Audiencia Nacional reconoce el derecho de los sindicatos excluidos a participar en el proceso negociador del convenio, por lo que descarta que la "huelga fuera ilegal", ya que con ella se pretendía "incidir o influir en un proceso abierto de negociación".